Notas

La situación de adoptabilidad en Olavarría

Vivencias y esperanzas en el camino a la adopción

Los pasos de la nueva legislación y los esfuerzos de los pretensos adoptantes conforman situaciones donde se concibe y piensa a las niñas y niños como verdaderos sujetos de derechos.

adp2

En Olavarría en los últimos años se dieron
en adopción tres bebes mientras que la
mayoría de los niños y niñas adoptados
tienen entre 5 y 10 años./Foto:argentina.ar

Los procesos de adopción de un niño y niña cuentan con diferentes situaciones y momentos donde distintas personas se ven implicadas. Lo legal y jurisdiccional de los pasos se entrecruza con las emociones y esperanzas de los pretensos adoptantes, mientras el principal sujeto de derecho, la niña o el niño, aguarda una resolución. En Olavarría, hay alrededor de 50 niños y niñas que están institucionalizados en espera de respuestas judiciales, mientras también hay 50 familias inscriptas en el registro de adoptantes que aguardan y conviven con la fe de un aviso que les otorgue la posibilidad de ser madres y padres.
"Transitado el duelo por no poder tener hijos biológicos decidimos inscribirnos para poder formar una familia mediante adopción. La etapa de ese duelo fue difícil pero cuando lo procesamos comenzamos a esperar el llamado del juzgado. Si bien nunca tuvimos la certeza de que nos elegirían el tiempo pasó, nos llamaron y hoy somos una familia de cuatro integrantes" relata emocionado Jorge Rojas, de 52 años, padre por adopción de dos niños.
Las decisiones, el asesoramiento y apoyo recibido como el camino final emprendido hacia la adopción van formando a las personas que sueñan con brindar lo mejor de sí para alguien que los necesite. En este proceso el rol del juzgado de familia es primordial ya que se encarga de la función jurisdiccional y también de la tarea administrativa, como el contar con el registro de aspirantes con fines de adopción."Seleccionada la familia adoptante se le comunica al asesor de los niños y niñas, interviene el equipo técnico, se toman entrevistas y se inicia un período de vinculación. Al otorgarse la guarda pre-adoptiva los postulantes deben contar con un abogado para iniciar el procedimiento de adopción, que es la última fase del proceso y tiende a controlar los requisitos que establece la ley" explica María Inés Germino, titular del Juzgado de Familia Nº1.

El derecho del niño y niña a vivir en familia

“La decisión no fue difícil, al no poder tener hijos biológicos decidimos comenzar los trámites. Lo difícil fue la espera que a veces parece eterna y la adaptación, sobre todo adoptando un nene con casi 10 años donde él podía llegar a tener dudas o temores” señala Paula Lobato, de 40 años, madre por vínculo adoptivo de un niño que hoy tiene 13 años.
"La espera del llamado del juzgado es un proceso que cada persona vive a su ritmo y con sus tiempos. Al socializar lo que nos pasa, lo que sentimos, lo que pensamos, vamos descubriendo que todos estamos en el mismo camino" sostienen desde Encuentro Adopción Olavarría, un espacio creado en 2013 por personas en espera con la finalidad de generar actividades en lo colectivo que los ayuden a la difusión de la temática a nivel local como a la formación y crecimiento de quienes participan de las reuniones. "Nos ayuda a estar acompañados. Así como ni la biología, ni los adelantos médicos garantizan que se llegue a tener un hijo, la adopción tampoco garantiza que seamos llamados. Esta incertidumbre con la que uno debe esperar no es algo fácil de asimilar pero se debe tratar de entenderlo y aceptarlo".
Según información brindada desde el Juzgado de Familia, en Olavarría en los últimos seis años se dieron en adopción tres bebes mientras que la mayoría de los niños y niñas dados en adopción tienen entre 5 y 10 años. "Hay familias que han estado ocho años esperando en el registro porque solamente aspiraban a adoptar un bebe. Cuando se logra estirar la franja etaria han bajado los índices de espera. Por eso hacemos reuniones con familias que ya han adoptado y quienes están en espera y hemos obtenido resultados positivos porque han ampliado el rango etario que pretendían" explica Germino. "No hay un derecho a ser padres o madres, nuestra ley indica que los que tienen derecho a tener una familia son los niños y niñas y para ello tenemos que trabajar" sintetiza.

El proceso de adopción como la normativa concibe el interés superior del niño y niña, quienes cuentan con un interés supremo vinculado al derecho a la identidad, a que se preserven los vínculos fraternos, la figura del abogado de la niña y/o niño (obligatorio a partir de los 10 años) y al derecho a ser oído, donde su opinión será tomada en cuenta a la hora de arribar a una decisión que los afecte. “Se piensa en que es lo mejor para el niño y/o niña en un caso concreto. Se ha revalorizado su rol y se lo ubica en un lugar mucho más activo" explica Martín Capelli, director del Servicio Local de Niñez y Adolescencia. Entender la importancia de respetar los derechos de los niños y niñas, prepararse para poder llegar a ser madres y/o padres por adopción, el trabajo en conjunto de los organismos estatales y municipales, son las diferentes partes de un todo donde hay mucho para reflexionar, trabajar y crecer antes de que llegue el momento tan esperado. Un camino lleno de decisiones donde los vínculos se reafirman y la esperanza es sostenida mediante el amor./AZ-FACSO

El nuevo marco legislativo bonaerense

Demoras en los trámites y plazos como así también un vacío legal dejaban a todas las partes disconformes, y a los niños, niñas y adolescentes sin familia como principales perjudicados. La nueva ley de procedimiento bonaerense Nº14.528 aprobada en julio de 2013 tiene como una de sus principales características el acortar los plazos de espera y resolución. La normativa divide el proceso de adopción en dos partes: una primera instancia que es la declaración de situación de adoptabilidad, y una segunda parte relacionada con la guarda con fines de adopción y el posterior juicio de adopción. Además la ley revaloriza el rol del niño y/o niña y lo ubica en un lugar más activo, siendo parte en el proceso como sujeto de derecho y no como objeto.