Zum/ Reforma y nuevos reconocimientos
El nuevo Código Civil propone una mayor participación en la infancia y la adolescencia
La propuesta legislativa, que se sancionará en el Congreso este año, prevé ampliar los derechos de los niños, niñas y adolescentes. El proyecto brinda mayores posibilidades de decisión y valora especialmente la participación y la propia elección ante temas vinculados al cuerpo y la identidad
![]() |
Durante el mes de marzo se prevé la sanción del nuevo código por parte del Congreso./Foto: nuevocodigocivil.com |
La autonomía progresiva de los jóvenes y adolescentes es la característica distintiva del nuevo proyecto de código civil, cuya sanción está prevista para este año. Entre los aspectos a destacar está el reconocimiento de la identidad de los niños y las niñas desde su gestación, la libertad con autonomía, el derecho a la intimidad y el derecho de los niños y niñas a ser oídos en cualquier instancia en la que estén implicados. La reforma busca posibilitar así una emancipación de derechos y una democratización de las relaciones en la infancia y adolescencia, con una amplia gama de reconocimientos inexistentes históricamente en nuestro país.
Ampliaciones en el reconocimiento de las personas
El nuevo proyecto de Código Civil mantiene la tradición de considerar a la "persona humana" desde su concepción en el seno materno aunque también amplía ese concepto por fuera de los límites de un vientre. La propuesta legislativa reconoce la persona humana desde "la concepción en el cuerpo de la mujer o la implantación en ella del embrión formado mediante técnicas de reproducción humana asistida". Es decir, contempla métodos como la fertilización asistida o la fecundación in vitro pero, para ser considerados personas, esos embriones deben implantarse, necesariamente, en un útero natural. El anteproyecto no reconoce como “persona humana” a los embriones desarrollados extracorpóreamente. El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, aclaró que se creará una legislación específica para la fertilización asistida. En relación a esto, hay que destacar que la regulación del aborto es de plena competencia penal y no civil.
Mayores libertades y poder de decisión para los adolescentes
Se distingue una demarcación entre niños y niñas (menores de 13 años), adolescentes (entre los 13 y 18) y adultos (desde los 18 años). La aplicación del concepto "libertad con autonomía" considera que entre los 13 y 16 años el adolescente adquiere una conciencia progresiva de su propio cuerpo y puede decidir por sí mismo sobre los tratamientos que puedan influir en su persona o conducta. Esta capacidad de ejercicio refiere a quienes pueden hacer uso pleno de sus derechos y ser responsables de sus obligaciones. Según este nuevo proyecto, es a los 16 años cuando las personas tienen derecho a decidir sobre su propio cuerpo en tratamientos que sean invasivos, por ejemplo los oncológicos, donde el joven tiene una participación en las decisiones médicas junto a sus padres. Frente a una situación así, la decisión será de los padres pero el chico o chica deberá brindar su consentimiento. "El nuevo código piensa al joven como un ser con consciencia y libre a decidir, ya que puede tomar posturas sobre su salud, su identidad, entre otros", analiza Carlos Pagano, sociólogo y docente de la Facultad de Derecho y de Sociales de la UNICEN, quien estudia y expone sobre el tema en diversos congresos y eventos relacionados a los derechos de la infancia y adolescencia.
En las exhibiciones fotográficas los jóvenes y adolescentes tienen la facultad de decidir sobre ellos mismos y, especialmente, si esas imágenes alteran su integridad y dignidad. La importancia del derecho a la intimidad da, para Pagano, muestras de "un avanzado reconocimiento de las personas en cuestiones singulares, lo que permite profundizar la acción de tener voz y accionar propio sobre su persona".
Casarse desde los 16 sin permiso de los padres
A partir de los 16 años, según el proyecto, se podrá contraer matrimonio sin autorización de los padres, como lo señala la legislación actual, pero será necesario el aval de un juez quien estará orientado por el Asesor de Menores encargado de velar por el interés superior del niño y la niña para que esos derechos encuadren las decisiones que se tomen en torno a la situación del joven que tome esa determinación. Los cambios que el nuevo código presenta, tanto en lo que respecta al matrimonio como a la paternidad y maternidad, "transforma a los adolescentes en sujetos sociales, ya que estarán ocupando un lugar con obligaciones. Se deja de tomar a los jóvenes como objetos y se los reconoce como sujetos", destaca el profesor Pagano.
Cabe aclarar que si la pareja convive y opta por no contraer matrimonio no significará ninguna ilegalidad, al igual que si se produce una separación, aún cuando tengan hijos. El proyecto propone que una pareja no casada se rija por pactos de convivencia que estarán basados en la autonomía de la voluntad de los convivientes. Los pactos se podrán modificar y se extinguirán en caso de que la convivencia llegue a su fin.
Los niños y niñas deben ser oídos
El nuevo proyecto estipula que quien no haya alcanzado la mayoría de edad tiene derecho a ser oído "en todo el proceso judicial que le concierne, así como a participar en las decisiones sobre su persona". En un divorcio, por ejemplo, el niño o niña podrá decidir con quién desea vivir. El proyecto del nuevo Código Civil no sólo regula las decisiones del joven a partir de los 13 años en el cuerpo (de modo no invasivo) sino también en las decisiones que tienen que ver con su persona. Ante un eventual conflicto se deberá tener en cuenta la postura del niño, quien históricamente "quedaba detrás del concepto de familia, sin ningún tipo de toma de decisión y dependiendo de los padres. Ahora el joven puede decidir en torno a su identidad, qué apellido llevar, con quiénes vivir", detalla Pagano.
Una mayor protección y cuidado sobre la intimidad
La inviolabilidad de la persona humana se refiere al reconocimiento del derecho a la intimidad. Es la primera vez que un proyecto de Código Civil incorpora derechos que están reconocidos en la Constitución Nacional. El anteproyecto protege y regula los derechos de la integridad y la dignidad humana como derechos específicos, por ejemplo el honor, la imagen, la identidad, etcétera.
Dentro de este apartado de inviolabilidad de la persona humana también se regula el consentimiento médico informado, es decir la tarea médica de informar al paciente el tratamiento que le está realizando. Es importante tener en cuenta esto ya que "informar a la persona para que ésta preste el consentimiento a partir de una decisión basada en la información médica protege también al profesional frente a los actos médicos. El nuevo Código regula de esta manera el derecho de la personalidad del paciente", explica la abogada y docente de la licenciatura en Relaciones Laborales María Lorena Fernández.
Una adopción que toma en cuenta la opinión del niño o la niña
La actual reforma recalca la primacía del interés del niño y la niña por sobre el interés de los adoptantes. El niño o la niña que esté en condiciones de ser adoptado tiene derecho, a partir de los 10 años, a ser oído durante el proceso de adopción. Es importante que conozca sus orígenes y preserve los vínculos fraternos con su familia biológica. El nuevo proyecto regula expresamente el proceso de adopción, permitiéndoles a personas casadas de igual o diferente sexo y personas solteras mayores de 25 años. En el último caso, entre el adoptante y el adoptado debe haber al menos 16 años de diferencia de edad.
Asegurar una plena democratización con libertad y poder de decisión en la niñez y adolescencia es uno de los objetivos de esta reforma. Reconocimientos que acompañan una emancipación social, política, ideológica y contextual./AC- FACSO.