Notas

Ley de Etiquetado Frontal: una política publica para saber que consumimos

El proyecto de Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos no pudo ser tratado en la Cámara de Diputados. En el marco del Día Mundial de la Alimentación, repasamos cuáles son los principales puntos de la ley y por qué es necesaria su aprobación.

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Santiago Garralda-Agencia Comunica

15/10/2021

El 16 de Octubre se celebra el Día Mundial de la Alimentación. Esta fecha fue proclamada  por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), con la finalidad de concientizar sobre el problema alimentario en el mundo, y agitar las banderas de lucha contra el hambre, la desnutrición y la pobreza. 

En este marco, es necesario repasar la importancia que representa el proyecto de Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos. En Octubre del 2020,  el proyecto obtuvo  media sanción en el Senado, y pretendía tratarse el pasado 5 de Octubre en la Cámara de Diputados, pero no hubo quórum. “Es un atraso, una dificultad. Es muy triste que esto suceda”, manifestó Liliana Schwindt, actual Diputada Nacional por el Frente de Todos, y candidata a Diputada Provincial por la misma alianza. A su vez, aseguró que no se sabe cuando podría tratarse nuevamente, pero que están trabajando para que sea lo más pronto posible.

Sobre la ley

Las enfermedades crónicas no transmisibles, como la obesidad, la hipertensión, colesterol, y la glucosa sanguínea elevada, son las principales consecuencias de una alimentación inadecuada. Particularmente en Argentina, representan un gran porcentaje de la cantidad de muertes anuales. Para ser más preciso, entre Septiembre y Diciembre de 2018, el INDEC realizó la 4° Encuesta Nacional de Factores de Riesgo, tomando una muestra de más de 29.000 personas de todo el país. Entre los principales resultados, se informó que el sobrepeso y la obesidad afectan al 66,1 % de los encuestados, el 30,7% tiene colesterol elevado, el 40,6% tiene la presión arterial alta, y el 8, 4% sufre de diabetes. En este contexto, reducir la ingesta de nutrientes críticos (azúcares, grasas, calorías o sodio) es una posible medida. Pero, ¿qué pasa si no se puede identificar con claridad qué productos contienen excesos de estos nutrientes? La Ley de Etiquetado Frontal se presenta como una solución paliativa a estas cuestiones, como “una política de salud pública para la promoción de alimentación saludable y para disminuir tanto el riesgo de enfermedades crónicas y no transmisibles”, sintetizó Estefanía Alsina, Licenciada en Nutrición.  

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Fuente: Resultados preliminares de la 4° Encuesta Nacional de Factores de Riesgo. INDEC (2019)

Lo que contempla este proyecto de ley, principalmete, es que aquellos productos que contengan exceso de nutrientes criticos deberán tener un sello octagonal negro informando esto. En este sentido, según la nutricionista, aquellos alimentos o bebidas analcoholicas que tengan más de 1 % de grasas trans, más de 10% de grasas saturadas y más de 10% de azúcares (aunque la Organización Mundial de la Salud recomienda que sea hasta 5%), tendrán la indicación del exceso correspondiente. Asimismo, afirmó que el etiquetado frontal servirá para saber si se está consumiendo azúcar o no, ya que en ocasiones aparece bajo otro nombre, por ejemplo, como jarabe de maíz de alta fructuosa.

Por su parte, Schwindt  afirmó que esta ley “cumple con un mandato constitucional porque te informa, te da la información precisa y clara sobre lo que vas a consumir''.  Precisamente, es un derecho que se incluyó en la Constitución Nacional en la reforma de 1994. Así, el artículo n° 42 de la Constitución Nacional establece que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud (...), a una información adecuada y veraz…” . También es interesante repasar el artículo n° 4 de la Ley n° 24.240 de Defensa del Consumidor, sancionada en 1993. Este, con su modificación en 2016 mediante la Ley n° 27.250, contempla que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión”. Como se ve en estas normativas, la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos llegaría para tratar de respetar el derecho de que cada persona sepa lo que está ingiriendo.

Además, la ley está orientada -en parte- hacia las infancias y adolescencias, ya que se promueve una campaña de alimentación saludable en instituciones escolares, se prohíbe la venta de esos productos con nutrientes en las escuelas, así como también la publicidad destinadas a niñxs  con personajes animados o famosos como protagonistas y la implementación de concursos o premios por consumir determinado producto. 

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En relación a esto, las empresas juegan su papel opositor. Según Schwindt, están cometiendo “un error muy grave, porque no es que ellos van a dejar de vender, sino que tienen que adaptarse. El problema es, en definitiva, que no se quieren adaptar porque les importa más el dinero que la salud”. A su vez, la diputada destacó que las empresas están en contra de la prohibición de utilizar personajes públicos o animados para las publicidades. Esta es una forma de captar la atención de niñxs y adolescentes que también debe ser modificada y regulada.

Por último, cabe hacer algunas reflexiones. La aprobación de la Ley de Etiquetado Frontal sería un paso importante para el país, no solo para la protección de los derechos de los ciudadanos, sino también para impulsar una mejora en la alimentación, y por ende, en la salud. No obstante, es solo el primer paso. Se requieren otras políticas públicas que ayuden a cambiar -a largo plazo- los números mencionados anteriormente, y que además, se aboquen llanamente a otros factores que influyen en la malnutrición, como lo es la falta de acceso a alimentos de calidad.